El TSJ ha emitido 56 sentencias contra la AN elegida en 2015. Aquí, una selección de las más polémicas y las que condujeron a zarpazo final al Parlamento.
1 de marzo de 2016. La Sala Constitucional dictó la sentencia 9, en la cual comenzó a arrebatarle competencias a la AN, entre ellas las del control político sobre el Gobierno y la Administración Pública Nacional al dejar en claro que el mismo “se extiende fundamentalmente sobre el Poder Ejecutivo Nacional, y no sobre el resto de los poderes públicos”. También le cerró las puertas a la posibilidad de que pudiera revisar, mediante el ejercicio del principio de autotutela, las designaciones de magistrados hechas por el anterior Parlamento; y estableció que para citar a ministros y otros funcionarios debe antes coordinar con el Vicepresidente.
21 de abril de 2016. La Sala Constitucional ordenó a la AN que reformara su reglamento interno para, entre otras cosas, establecer que las sesiones solo pueden convocarse con 48 horas de anticipación y que el orden del país no puede ser modificado. Esto lo hizo en la sentencia 269, en la cual respondió una solicitud que cinco años antes le hicieron diputados opositores y a la que jamás prestó atención.
20 de julio de 2016. La intérprete de la Carta Magna en su sentencia 618 autorizó al Banco Central de Venezuela (BCV) a solicitar un préstamo al Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR) sin necesidad de contar con el visto bueno de la Asamblea Nacional, bajo el argumento de que el mismo “no debe considerarse como un contrato de interés público nacional” y por lo tanto “no está sujeto a la autorización de la Asamblea Nacional”, tal y como lo establece el artículo 247 constitucional.
12 de octubre de 2016. En su sentencia 814 la Sala Constitucional le arrebató a los diputados la potestad de analizar y aprobar el presupuesto nacional, bajo el argumento de que el desacato en el que estaban incurso les impedía cumplir esa tarea y por ello le ordenó al presidente Nicolás Maduro presentarle el plan de gasto a ella. En ese fallo también eximió al mandatario de “cualquier (…) control político que ejerza ese órgano legislativo”.
15 de noviembre de 2016. La Sala en su sentencia 948 anuló el “juicio político” que la AN le realizó al presidente Nicolás Maduro, por considerar que dicha figura no está prevista en la Constitución y así mismo le prohibió a los diputados realizar acciones que puedan “alterar el orden público”.
14 de diciembre de 2016. El máximo juzgado le arrebató a la AN la tarea de designar a los rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE), bajo el argumento de que el desacato le impedía hacerlo y por ello reeligió a Tania D’amelio y Socorro Hernández. Esta fue la cuarta vez que la Sala Constitucional tomaba una decisión de esta naturaleza en 13 años.
12 de enero de 2017. En las sentencias 2 y 3 la Sala Constitucional anuló la elección de la junta directiva de la AN encabezada por Julio Borges, por considerar que dicha decisión estaba viciada en virtud de que no se habían cumplido sus instrucciones sobre los diputados de Amazonas. Asimismo utilizó ese mismo argumento para eximir al presidente Maduro de tener que presentar el 15 de ese mes su informe anual de gestión ante los legisladores, tal y como manda la Constitución.
29 de marzo de 2017. En la sentencia 156 la Sala autorizó al Gobierno a constituir empresas de hidrocarburos mixtas con el inversionistas privados, sin necesidad de contar con el visto bueno de los diputados y también le arrebató «todas» las competencias a la AN bajo la excusa de que «los diversos desacatos en los que ha venido incurriendo de forma reiterada la Asamblea Nacional (…) vicia de nulidad absoluta sus actuaciones y, por ende, genera una situación al margen del Estado de Derecho que le impide ejercer sus atribuciones; circunstancia que coloca a la Asamblea Nacional en situación de omisión inconstitucional”.
Diario Las Américas.